Joder como se quedo mi mujercita cuando vio el coche, solo comentar que se quedo.... solo me falto mandar a estos
Despues de todo lo que me paso con estos mataos de taller la madre que me pario que mosqueo pille.
Comento como fue todo desde el principio.
El jueves dia 29/abril/2011 me llama el comercial que le ha llegado el coche que si podia ir a verlo y si podia la transferencia de la pasta el Viernes le hacia un favor de esta manera lo facturaba el mes de Abril, (como yo me pege unos añitos trabajando en Volvo y pa mas inri montando accesorios y se como va este tema ) le comente que no habia ningun problema con lo cual el jueves palli que fuimos mi mujercita, mi peque y un sevidor, estupendo ningun problema el coche de cojones todo bien, el Viernes a las 8´15h el titi en la puerta de la caixa hablo con el director y a las 9´30h los pollos ya tenian la pasta en su cuenta.
Estupendo email por parte del comercial agradeciendomelo, y que lo podia matricular en tres dias.
Le paso un email si tienen en stok para que me monten unos accesorios,
Molduras puertas cromadas
Protector parachoque delantero
Protector parachoque trasero
Protector maletero de plastico
me comenta que no hay problema pero que se lo diga casi ya que tardan 24h
total le renvio el email y le confirmo que ya le puede pasar nota al taller para que lo monten y que yo el coche voy a buscarlo el Viernes 6/mayo/2011 y tienen toda la semana, y asin se queda el tema.
Yo mas feliz que un tornabis mi SPORTAGE nuevo, mis accesorios montaditos y la sorpresita que le estaba preparando a mi mujercita
El jueves llamo por la mañana al comercial y le comento que como esta el tema de los accesorios que me diga algo que qeria ir por la tarde a pagarselo.
me llama y me dice que ha hablado con el jefe de taller y que no me han montado los accesorios por el nuevo R.D. 866/2010, de 2 de julio Reformas de vehiculos bla bla bla total que voy a ver al jefe taller y mas bla bla bla porque el R.D. 866/2010, de 2 de julio Reformas de vehiculos bla bla bla
ya tranquilito por la noche me pongo a rastrear por la red, me descargo el R.D. 866/2010, de 2 de julio Reformas de vehiculos me lo empapo y lo imprimo, el viernes me voy a dos estaciones de ITV y hablo con los ingenieros y los dos me confirman que los accesorios que yo quiero montar no tengo que pasar por la ITV ningun certificado de omologacion con lo cual
Bueno queria comentar todo este rollete que me ha pasado porque segun que accesorion CUIDADIN con el tema porque esta jodida la cosa y esta gente cada vez que se va al ITV por cita previa para los accesorios aqui en barcelona son 16 pavos si es faborable.
dejo unos links para el que quiera ver como esta el tema.
esto no recuerdo de donde lo he saquado espero que si se pasa por aqui el autor no se enfade.
NOTA ACLARATORIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA
A consecuencia de numerosas consultas relativas a la aplicación de Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos y su manual de reformas, recibidas en esta Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial y formuladas por diferentes agentes económicos del sector, esta Unidad administrativa, como Autoridad de homologación formula las precisiones siguientes.
En primer lugar se recuerda la definición de lo que se entiende por una reforma realizada en un vehículo y desarrollada en el apartado 18 del artículo 3 del Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio, donde se expresa:
“Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de Junio por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de parte y piezas de dichos vehículos”
En su virtud, esta Autoridad de homologación considera que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos no debe ser considerada como reforma del vehículo.
Asimismo y por coherencia con el propósito de esta disposición, una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión, efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas. Sin embargo, aquellos elementos, dispositivos o accesorios de funcionamiento eléctrico o electrónico que se incorporen al vehículo, deben cumplir los requisitos aplicables relativos a la compatibilidad electromagnética.
A modo de ejemplo no exhaustivo con lo indicado anteriormente, se relacionan las incorporaciones de partes, piezas, sistemas, componentes o accesorios que, a criterio de esta autoridad de homologación, NO deben considerarse reformas en los vehículos.
EN AUTOCARAVANAS Y VEHÍCULOS VIVIENDA, LA INCORPORACIÓN DE:
- Toldos.
- Antenas de radio y/o televisión.
- Aire acondicionado en el interior del vehículo.
- Generador de corriente.
- Portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo.
EN EL RESTO DE LAS CATEGORÍAS DE VEHÍCULOS, LA INCORPORACIÓN DE:
- Aparatos de radio.
- Pomo de palanca de cambios.
- Visera del tablero de bordo cuya proyección no exceda de la proyección máxima del volante de dirección.
- Sistema telefónico de manos libres.
- Embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no oculten ninguna parte de la zona de visión.
- Embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten a la zona de salida de la luz.
- Molduras, salvo en la parte delantera de los vehículos.
- Faldillas de rueda de en vehículos M1.
- Deflectores de aire en ventanas.
- Sensores de aparcamiento.
- Retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela.
- Barras de unión en torretas de suspensión.
No obstante lo anterior, la incorporación de aparatos taxímetros en los vehículos de la categoría M1 e incluida como reforma en la ficha 8.20 del Manual de Reformas, es necesario que sea estudiado con más detalle al corresponder a una incorporación que es objeto de varias normas de índole municipal o autonómico. En consecuencia, la incorporación de aparatos taxímetros no será considerada reforma y por ello, no sujeta a las prescripciones del Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, hasta que se haya concluido el análisis antes citado.
"A partir de Julio se exigirá homologar cualquier cosa añadida al salpicedro, consola entre asientos, consola de techo, en definitiva, todo lo que se coloca en la zona de conductor y copiloto
Sea adherido con pegamento, velcro o atornillado. Incluso accesorios originales pero que se compran o se ponen como accesorios distintos a un salpicadero de origen
Incluso relojes empotrados, botones de bloqueo, termometos, emisora de radio, inclinometros, etc, etc
Ante la duda vete a la ITV, te miran lo que llevas y te informan y si lo tienes que inscribir en la ficha técnica o no. Aprobecha y hazlo ahora que por 10 euros lo tienes listo
Hasta julio y sin necesidad de pasar ITV.
Unicanete hay que pedir cita para reseñar en la ficha los accesorios del salpicadero.
Se pagan 10,60 euros y un técnico de la ITV ve y apunta todo lo que tengas instalado y en unos días te lo ponen en la ficha técnica, y ya lo tienes como si lo hubieras homologado
Todo esto será incluido en la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos.
Debe estar registrado para ver este enlace.
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Cambiando de tema si alguien tiene un SPORTAGE DRIVE 2011 si me puede confirmar esto.
puerta izquierda
puerta derecha
A mi no
y con los antinieblas llevo una pelea
segun el manual del coche la del circulo rojo es luz direccional y el mio la lleva ( la lampara ) pues na no hay manera que se encienda
venga no me enrrollo mas jeje un saludote.


























(desgraciadamente...)
) tiene razón. Las teclitas esas no se iluminan (no sé porqué, no tiene sentido) y lo de las antinieblas...ni me había fijado que había 2 bombillas!!!! mañana lo pruebo!!!
y que el accesorio tal se ha montado vajo tu responsabilidad bla bla bla
y luego se dejan los interuptores sin iluminar joer a veces no entiendo nada de nada, pues nada como el cacharin vive mejor que los reyes magos y de lunes a viernes practicamente se mueve el sabadote lo pruebo gracias por la informacion compi.
en fin estoy en ello a ver que hago.

































